RÉGIMEN ESPECIAL DE CONTRATO DE TRABAJO PARA EL PERSONAL DE CASAS PARTICULARES

En marzo de 2013, se sancionó la Ley 26844 de Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares. La normativa aplica para  los empleados por el trabajo que presten en las casas particulares o en el ámbito de la vida familiar y que no importe para el empleador lucro o beneficio económico directo, cualquiera fuere la cantidad de horas diarias o de jornadas semanales en que sean ocupados para tales labores.

El salario mínimo por tipo, modalidad y categoría profesional es fijado periódicamente por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP), cuya cuantía deberá establecerse para todo el territorio nacional, sin perjuicio de los mejores derechos que se establezcan mediante Convenio Colectivo de Trabajo.

Mediante  la  Resolución  (CNTCP)  2/2019  publicada  en  el  B.O.  el  05/07/2019, y Resolución (CNTCP) 3/2019 se  dispuso  un  incremento  salarial.   Las  presente  resoluciones  entran  en  vigencia  a  partir  del  01–06–2019. 

Aumento salarial 2019

30%, pagadero en tres cuotas.

  • Primera cuota 10% desde el 1 de junio: Impacta en este medio aguinaldo
  • Segunda cuota 10% desde el 1 de agosto
  • Tercera cuota 10% desde el 1 de noviembre
  • Y cláusula de revisión en febrero del 2020

Se solicitó un adicional remunerativo por antigüedad. Este fue propuesto y solicitado por el sector de los trabajadores y aceptado por la parte empleadora, pero los representantes del estado solicitaron un dictamen previo de la Asesoría Técnico Legal del Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación; el mismo aún se encuentra sin emitirse.

Continúa el 25% por zona desfavorable para el sur del país hasta febrero del 2020 en que estará sujeto a revisión para solicitar aumentarlo.

En cuanto a los aportes están a cargo del trabajador y las contribuciones están a cargo del empleador. Los importes mensuales a pagar en concepto de aportes y de contribuciones se determinan dependiendo de las horas semanales trabajadas y la condición de los trabajadores (activo o jubilado). Los vigentes a partir del 1 de julio del 2019 son los siguientes:

–          Por cada trabajador activo mayor de 18:

–          Por cada trabajador activo menor de 18 y mayor de 16:

–          Por cada trabajador jubilado:

Escala salarial vigente a partir 01 de junio 2019

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